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Si tiene una crisis de deudas personales o empresariales, no se preocupe, aquí podemos ayudarle

Aunque no existe una respuesta única que satisfaga esta pregunta, es muy común ver que las empresas que acuden a este mecanismo se caracterizan por tener bajos niveles de liquidez financiera o alto nivel de endeudamiento, o ambos, así como problemas operativos producto de estas circunstancias. Si no tienen procesos ejecutivos en contra para cobro de acreencias seguramente estarán muy cerca de tenerlos. 

Lea aquí ¿Enfrenta su compañía una crisis financiera profunda (insolvencia)?

Si su empresa presenta más de uno de estos síntomas bien vale la pena que se asesore adecuadamente y evalúe si sus problemas pueden ser resueltos con un acuerdo privado o a través de un proceso de reorganización bajo la Ley 1116 de 2006.

¿Cuál es el propósito de la Ley 1116?

El Proceso de Reorganización definido por la Ley 1116 de 2006 tiene dos propósitos fundamentales en el marco de las empresas que acuden a ella: el primero es la protección de los créditos y el segundo, que las empresas que están en crisis se puedan recuperar y conservar como unidad de negocio, generadora de empleo. 

Esta reorganización pretende que las empresas que son viables puedan, a través de un acuerdo con los acreedores, recuperar su operación y normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, para lo cual deberán realizar además una restructuración administrativa y operacional para superar las circunstancias que la llevaron a la crisis. El acuerdo permitirá restructurar igualmente los pasivos en plazos y tasas de interés favorables para la empresa.

Si la empresa no es viable, la Ley 1116 contempla el Proceso de Liquidación Judicial de la empresa de forma que se pueda hacer pronta y ordenadamente, aprovechando el patrimonio existente del deudor.

Lea aquí ¿Enfrenta su compañía una crisis financiera profunda (insolvencia)?

Si su empresa presenta más de uno de estos síntomas bien vale la pena que se asesore adecuadamente y evalúe si sus problemas pueden ser resueltos con un acuerdo privado o a través de un proceso de reorganización bajo la Ley 1116 de 2006.

¿A quiénes aplica?

Si usted es una PERSONA NATURAL COMERCIANTE o si hablamos de una PERSONA JURÍDICA, que realiza negocios en el país, de carácter privado o mixto, puede acogerse a esta ley, excepto que pertenezca a uno de los siguientes tipos de sociedades que se consideran excluidas específicamente de su aplicación:

  • Las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las Administradoras del Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ARS) y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS).
  • Las Bolsas de Valores y Agropecuarias.
  • Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
  • Las entidades vigiladas por la Superintendencia de Economía Solidaria que desarrollen actividades financieras de ahorro y crédito.
  • Las sociedades de capital público y las empresas industriales y comerciales del Estado nacionales y de cualquier nivel territorial.

 

Lo anterior significa que las personas que tienen negocios o se anuncian como comerciantes y la gran mayoría de las sociedades comerciales están posibilitadas de acceder al proceso, excepto las que son vigiladas o supervisadas por una superintendencia diferente a la Superintendencia de Sociedades.

     

    ¿Qué beneficios tiene acceder a este proceso?

    Cuando una persona natural comerciante o una empresa decide acceder al proceso, tiene la posibilidad de lograr los siguientes beneficios:

    • La inclusión de absolutamente todas las acreencias en el proceso cualquiera que sea su naturaleza (impuestos, laborales, financieros, proveedores, personales, etc)
    • El congelamiento de todas las obligaciones hasta que se suscriba el acuerdo de pago.
    • La suspensión de los procesos ejecutivos que se estén adelantando en contra del deudor.
    • La condonación de todos los intereses causados y no pagados de las diferentes acreencias.
    • Plazos amplios para pagar y eventualmente un período de gracia.
    • Tasas de interés para los futuros pagos, sensiblemente más bajas que las originales de las acreencias.
    • Mantener el control de la compañía o negocio como viene funcionando
    • La recuperación de la tranquilidad perdida para enfocarse en el negocio.
    • Las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las Administradoras del Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ARS) y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS).
    • Las Bolsas de Valores y Agropecuarias.
    • Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
    • Las entidades vigiladas por la Superintendencia de Economía Solidaria que desarrollen actividades financieras de ahorro y crédito.
    • Las sociedades de capital público y las empresas industriales y comerciales del Estado nacionales y de cualquier nivel territorial.

     

    Lo anterior significa que las personas que tienen negocios o se anuncian como comerciantes y la gran mayoría de las sociedades comerciales están posibilitadas de acceder al proceso, excepto las que son vigiladas o supervisadas por una superintendencia diferente a la Superintendencia de Sociedades.

       

      Así lo asesoramos en un proceso de reorganización bajo la Ley 1116

      Nuestra política es la búsqueda de la mejor solución para su empresa o negocio;  para ello:

      • Elaboramos un diagnóstico preliminar de la situación de su compañía o negocio, a partir del análisis de la información financiera, contable, operativa, administrativa y comercial.
      • Evaluamos el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad a un proceso Ley 1116.
      • Planteamos alternativas de solución para la toma de decisiones por parte de los administradores y accionistas de la compañía o el propietario del negocio.
      • Realizamos el acompañamiento permanente para la compilación de la documentación requerida para la solicitud de admisión al proceso concursal.
      • Atendemos oportunamente las diferentes etapas procesales una vez admitida la empresa o el dueño del negocio al proceso de reorganización.
      • Apoyamos el proceso de planeación estratégica de la compañía o negocio en la búsqueda de las soluciones para superar las causas de crisis.
      • Evaluamos permanentemente alternativas de solución a los inconvenientes que se derivan de la situación de la empresa o negocio y el cumplimiento de las exigencias de la ley 1116.
      • Acompañamos y representamos, cuando sea necesario, de manera continua a la empresa o negocio a lo largo de todo el proceso de reorganización, hasta la confirmación del acuerdo de pago.

      En Sempre podemos ayudarle a superar estos obstáculos

      SEMPRE

      Nuestros asesores están listos Solo ¡Haz click y comencemos!